TCP rechaza la acción presentada por el MAS y admite la del TSE

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) resolvió rechazar la Acción de inconstitucional concreta presentada por el MAS contra el Art. 36.III de la Ley de Régimen Electoral y, admitió la acción promovida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

El TCP tiene plazo de 30 días para pronunciarse, es decir después de las elecciones nacionales.

El art.36.III sanciona a los partidos con la cancelación de sus personerías jurídicas, por difundir encuestas antes de la fecha indicada; Luis Arce en el mes de julio presentó encuestas que lo mostraban en primer lugar en la preferencia electoral nacional.

A raíz de ello, el asesor de esta tienda política presentó una accion de inconstitucional concreta ante el TCP contra el mencionado artículo.

Mientras que el TSE promueve la Acción mediante la resolución 025/2020 que también consulta la constitucionalidad de ese artículo.

El TCP tiene el lazo de 30 días para pronunciarse, es decir despúes de las elecciones nacionales.

La presidenta del Senado, Eva Copa debe presentar alegatos dentro de 15 días, ya que con los dos tercios se aprobó la norma inpugnada.